Casos de corrupción

Super Clean-IESS

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Contexto

En 2008, la Asamblea Nacional Constituyente discutió y aprobó la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que regula todos los procesos de contratación para la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría, que realicen las distintas instituciones estatales.

Para celebrar estos contratos, cada institución del Estado es la encargada de revisar la viabilidad a través de los estudios técnicos vinculados al Plan Anual de Contratación de cada entidad. A partir de la aprobación de estos estudios técnicos, se abre una fase de revisión del presupuesto, para luego, dependiendo del monto, abrir la convocatoria al proceso contractual respectivo.

Durante el proceso de contratación se publican los pliegos con la información acerca del contrato en la página web del Servicio Nacional de Contratación Pública, SERCOP. Finalmente, la autoridad de cada institución pública contratante adjudica el contrato a la oferta más conveniente para la institución.

Entre 2008 y 2013, en el gobierno de Rafael Correa, Ramiro González asume la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Para 2012, no se encuentra algún tipo de organigrama o regulación interna de esta institución. Sin embargo, para el año 2013 la Regulación Orgánica Funcional del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social dicta que la Dirección Nacional de Adquisiciones es la encargada de verificar y ejecutar los procesos contractuales y precontractuales de adquisición de bienes y servicios del IESS. Y a su vez, la Procuraduría del IESS es la encargada de emitir informes previos a la celebración de contratos kinghorsetoto.

Super Clean-IESS

Los hechos

Abril 2012

María Sol Larrea Sánchez, coordinadora nacional de gestión de las unidades médicas del IESS, remitió un oficio en el cual se hacía un estimado de los costos de limpieza y desinfección de los hospitales de la seguridad social de Santo Domingo y Babahoyo. En el documento, Larrea, establecía que la contratación externa del servicio de limpieza (con un costo de USD 35.96 por metro cuadrado por 5 años) representaba un ahorro estimado de USD 812.436,93, en comparación con el costo de realizar la función con personal propio. El informe de Larrea no tenía ningún tipo de respaldo de sus conclusiones. No existían cotizaciones, ni los costos del personal y los insumos, ni tampoco las superficies de las áreas que serían sometidas a los procesos de limpieza, por lo que no eran datos verificables. (Plan V, 2016)

21 Junio 2012

A pesar de que el documento presentado por María Sol Larrea, no tenía soportes, y tras algunas observaciones del procurador del IESS, el director general de Seguridad Social, Fernando Guijarro Cabezas, remitió al presidente del Consejo Directivo, Ramiro González, un informe solicitando que se inicie el proceso de contratación del servicio de limpieza hospitalaria, con un presupuesto referencial de USD 7’929.180. (Plan V, 2016)

 

22 Junio 2012

El Consejo Directivo del IESS, presidido por González, resolvió autorizar el gasto, pero por dos años, no por cinco, y con un presupuesto referencial de USD 3’171.672. Tras la publicación del proceso en el portal de compras públicas, se recibieron 14 ofertas, de los que la comisión técnica decidió que sólo dos cumplían con los requisitos: Juan Carlos Pérez (Super Clean) e Hidropress. (Plan V, 2016)

25 Septiembre 2012

Se recomendó la adjudicación del contrato a Super Clean, por un monto de USD 2’991.363. (Plan V, 2016)

24 Octubre 2012 a Octubre

Tras la recomendación de septiembre, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) suscribió con la empresa Super Clean un contrato por casi USD 3 millones, por la limpieza de dos hospitales del IESS en las provincias de Santo Domingo de los Tsáchilas y Babahoyo. (Plan V, 2016)

Junio 2015

La Contraloría General del Estado remitió un informe a la Fiscalía sobre el proceso contractual que se celebró entre el IESS y Super Clean. Según la Contraloría, existen irregularidades en las fases preparatoria, precontractual y contractual del proceso. Entre estas se destacan:

  • La falta de respaldos del informe suscrito por Maria Sol Larrea.

  • La remisión de informe sin respaldos por parte del Director General de la Seguridad Social al Consejo Directivo del IESS.

  • La reducción del plazo y el monto, aprobada por el Consejo Directivo, sin ningún tipo de respaldo técnico.

  • Deficiencias en la elaboración de los pliegos del concurso, mismos que no toman en  la diferencia en los requerimientos de limpieza en las diferentes áreas de un hospital (por ejemplo entre una área administrativa y un quirófano) ni las necesidad específicas de manejo de limpieza propias de un Hospital.

  • Irregularidades en el proceso de descalificación de empresas postulantes a brindar el servicio de limpieza.

  • Asimismo, se verifica que las referencias presentadas por Super Clean (contratista) en el proceso no cumplían con los requisitos solicitados; la empresa no estaba legalizada en el Servicio de Contratación Pública; la limpieza de Hospitales no estaba incluida en su razón social; de los 33 empleados que Super Clean presentó como capacitados en limpieza hospitalaria solo 23  habían recibido un curso y los empleados no estaban afiliados al IESS. Razones que debieron llevar a la descalificación de la empresa en el proceso.

  • La oferta económica de Super Clean superó en USD 34.036 a la de la otra empresa ofertante.

  • En la ejecución de actividades, se encontraron irregularidades en el manejo de los desinfectantes y productos de limpieza y en la señalética necesaria para el manejo de la basura hospitalaria. (Plan  V, 2016)

3 Agosto 2017

María Sol Larrea, ex funcionaria del IESS, y su esposo Marcelo Espín fueron detenidos mientras intentaban salir del país hacia Estados Unidos. (El Comercio, 2018)

18 Agosto 2017

La Fiscalía lideró cuatro allanamientos a bienes relacionados con Ramiro González en Pichincha, Manabí y Esmeraldas. (El Universo, 2017) González, según el entonces Ministro de Interior, presuntamente fue alertado de los operativos, por lo que tuvo la oportunidad de escapar. (El Comercio, 2017) El Fiscal General confirma que existe una orden de detención contra González (El Universo, 2017).

10 Enero 2018

La jueza acogió el pedido de Fiscalía y sentenció a Marcelo Espín a 3 años de cárcel por enriquecimiento privado no justificado. (El Comercio, 2018)

17 Enero 2018

Luego de reconocer el cometimiento del delito, María Sol Larrea fue sentenciada por tráfico de influencias a una pena de doce meses de privación de la libertad y la imposición de una multa de doce salarios mínimos, es decir, USD 200 mil, por tráfico de influencias. Este fallo judicial indica que la procesada benefició a Super Clean en el proceso de contratación de limpieza para los hospitales del IESS, causando un perjuicio al Estado que supera USD 2 millones. (Unidad Judicial Penal 1; 2017) En el expediente fiscal se incluyó un informe de la Unidad de Análisis Financiero (UAFE), entidad que rastreó los movimientos de Espín y Larrea, e identificó que eran accionistas de 16 empresas. (El Comercio, 2018)

23 Febrero 2018

Larrea recibe su segunda sentencia, en este caso por enriquecimiento ilícito, y es condenada a una pena privativa de libertad de 4 años y medio. (El Comercio, 2018) De acuerdo con la sentencia, Larrea no pudo justificar el aumento de ingresos, bienes muebles e inmuebles y transferencias bancarias durante los años 2010 y 2015, cuando ejerció varios cargos públicos, como el de Coordinadora Nacional del IESS. (Unidad Judicial Penal, 2019. P. 9)

23 Marzo 2018

La Fiscalía acusa a Ramiro González, por presunto tráfico de influencias. Él, junto con otras siete personas están siendo procesados por el contrato de limpieza adjudicado a Super Clean. Por su parte, González habría ejercido presión para que los encargados de contratación elijan a la empresa citada (La Hora, 2018)

11 Agosto 2018

La noche del 10 de agosto de ese mismo año, descubren a Ramiro González cenando en Lima, según lo atestigua un video y una fotografía que circulaban en redes sociales. Él se encontraba en el restaurante Isolina, en el sector de Barranco. (La República, 2018)

2 Octubre 2018 a Octubre

María Sol Larrea cumplió su condena de 1 año por tráfico de influencias. Sin embargo, la ex funcionaria no ha podido recuperar su libertad debido a que todavía cumple con la pena privativa por el delito de enriquecimiento ilícito.

20 Diciembre 2018

El Tribunal de Garantías Penales dictó sentencia condenatoria, en contra de Wilmer Paúl Veloz Almeida, Raúl Bolívar Bolaños y Carlos Virgilio Carrión, por el delito de tráfico de influencias. A los tres imputados se les impuso una pena privativa de libertad de 8 años y un pago de USD 459 mil como reparación integral. Los tres ciudadanos formaron parte del proceso de contratación de la empresa Super Clean. (Fiscalía General del Estado, 2018)

9 Abril 2019

La ministra del Interior, María Paula Romo anunció en su cuenta de Twitter la detención de Ramiro González por parte de las autoridades judiciales en Perú. (El Universo, 2019) Ramiro González tenía alerta roja de la Interpol (El Comercio, 2019)

10 Abril 2019

Ramiro González presentó una solicitud de refugio en Perú. (El Comercio, 2019). Por su parte, la Secretaría Anticorrupción de la Presidencia detectó que María Sol Larrea no declaró ante Contraloría un departamento en Miami, valorado en USD 440 mil. La Secretaría Anticorrupción presentó la información a la Fiscalía General del Estado (El Telégrafo, 2019)

 

11 Abril 2019

La Corte Provincial de Pichincha declaró la nulidad de sentencia del 20 de diciembre de 2018, por el caso de tráfico de influencias en el IESS. La decisión se adoptó afirmando que el proceso no cumplió con las debidas garantías, afectando la legítima defensa. Por lo tanto, la audiencia de juicio deberá realizarse nuevamente. (El Telégrafo, 2019)

12 Abril 2019

La Corte Nacional de Justicia del Ecuador pidió a Perú formalmente la extradición del exdirector del IESS, Ramiro González. (El Universo, 2019)

28 Mayo 2019

La justicia ratificó la prisión preventiva en contra de María Sol Larrea, tras la petición de su defensa de revisar la medida cautelar. (El Comercio, 2019)

¿Por Qué ocurrió?

Ley Orgánica del Sistema de Compras Públicas: El artículo 14 de la Ley indica que el SERCOP verificará el uso obligatorio de modelos precontractuales, contractuales, las contrataciones con los proveedores del Registro Único de Proveedores y también, la verificación de las inhabilidades o incapacidades al momento de contratación. Este artículo convierte al SERCOP en juez y parte de los procesos porque no se establece una entidad independiente que evite cualquier discrecionalidad en todas las contrataciones. El artículo 15 establece que, los órganos de control deben realizar los controles posteriores a los procedimientos de contratación efectuados por entidades contratantes. Además, el SERCOP será el órgano encargado de informar a las entidades pertinentes el cometimiento de infracciones a lo dispuesto en la Ley. Este artículo limita el accionar de la Contraloría debido a que se establece que la entidad hará los controles pertinentes una vez celebrado el contrato, dejando de lado el rol de esta entidad de control en los procesos de fiscalización en las etapas preparatorias, precontractuales y contractuales. El control en tiempo real de los procesos de contratación pública, incrementa las posibilidades de prevenir actos de corrupción, en lugar de tener un enfoque meramente punible de los mismos. A pesar de que en la Constitución establece que el control social es un principio transversal en la Ley, el hecho de que no se encuentre establecido en la presente Ley limita el accionar de la ciudadanía, debido al principio de Derecho Administrativo conforme a lo cual todo debe estar enmarcado expresamente en una norma.

  • Los procesos contractuales, de acuerdo con la establecido en la Ley del Sistema Nacional de Contratación Pública, pasan por varias dependencias en las instituciones públicas, e incluso por filtros de la SERCOP. El proceso con Super Clean siguió su curso normal hasta su adjudicación, sin que ningún actor del proceso alerte sobre irregularidades, como por ejemplo, la falta de cumplimiento de requisitos respecto del objeto social de la compañía.

  • Del análisis de este caso se denota falta de operatividad interinstitucional entre los diferentes órganos del Estado. Por ejemplo:

  1. El hecho de que se haya detectado irregularidades en los procesos precontractuales con Super Clean tres años después de haber celebrado el contrato, demuestra que la Contraloría es un ente con serias deficiencias para fiscalizar y determinar posibles actos corruptos dentro de las instituciones públicas. La celeridad y la oportunidad son componentes fundamentales de la lucha contra la corrupción.

  2. Se encontró varias irregularidades en todo el proceso precontractual y contractual, mismas que favorecieron a Super Clean. Entre ellas, la deficiencia en los pliegos de contratación e informes sin soporte técnico, a pesar de haber pasado filtros previos.

  3. Al momento de cumplir con el servicio, Super Clean no manejaba de manera adecuada desinfectantes, productos de limpieza y señalética. Estas irregularidades no fueron denunciadas por el IESS, evidenciando fallas en el monitoreo de la ejecución del contrato. (Plan V, 2016)

  • Dentro del proceso se descalificó de manera masiva a los oferentes, sin un proceso adecuado, con el único objetivo de favorecer a uno de ellos. No se emitieron alertas en esta etapa, que bien podían haber evitado el final cometimiento del acto de corrupción.

  • La sentencia dictada en contra de María Sol Larrea menciona que hubo convalidación de errores en la presentación de ofertas, en perjuicio de una compañía que no requería de convalidación, es decir se vió la intención concreta de favorecer a otras compañías. (Unidad Judicial Penal, 2017).

Consecuencias

Económicas
  1. Según la sentencia judicial por el delito de tráfico de influencias contra Maria Sol Larrea, la contratación irregular de Super Clean causó al Estado un perjuicio que supera USD 2 millones. Estos fondos pertenecen a los afiliados del IESS.

  2. Después de un estudio actuarial al fondo de pensiones del IESS, que está a la espera de aprobación por el directorio, muestra la situación crítica en la que se encuentra esta entidad. La pérdida de fondos de los afiliados en actos de corrupción, aumenta la imposibilidad de cubrir las pensiones jubilares de los actuales afiliados. El IESS cuenta con 3’721.042 afiliados, y se enfrenta con una posible quiebra luego de que un informe de Contraloría afirmara que el ente de Seguridad Social cuenta con fondos para el pago de las pensiones por vejez (jubilación), invalidez o muerte solo hasta el 2033. (El Universo, 2019).

Los contratos irregulares de limpieza de hospitales ponen en risgo la salud de los usuarios
El caso causó un perjucio al estado que suepra los USD 2 millones
Consecuencias políticas y sociales
  1. El hecho de que Super Clean, presentará una nómina de 33 empleados supuestamente capacitados en limpieza hospitalaria y que sólo 23 hayan recibido efectivamente un curso en la temática, constituye un riesgo para la salud de los usuarios de los hospitales de Santo Domingo y Babahoyo. Asimismo durante las visitas a los hospitales se encontraron irregularidades en el manejo de los desinfectantes y productos de limpieza, así como de la señalética necesaria para el manejo de la basura hospitalaria. Este acto de corrupción pone en riesgo directo la vida e integridad física de los usuarios del sistema de salud del IESS.

  2. Hay una crisis en el IESS por falta de recursos, muchos de los cuales podrían haberse perdido por causas de corrupción. La crisis económica ha generado retraso en el pago de pensiones jubilares (El Tiempo,2019), un déficit de medicinas y turnos médicos en diferentes centros de salud (El Tiempo,2019), e incluso problemas en los turnos para lograr atención en medicina especializada. (El Tiempo, 2019) La crisis económica podría estar asociada directa a la corrupción y al mal manejo del IESS.

  3. Directivos del IESS, hoy procesados por corrupción, impulsaron acciones de política partidista mientras estuvieron en sus cargos. Así, Ramiro González crea su partido político AVANZA mientras era Presidente del Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, e Iván Espinel, crea su partido Fuerza Compromiso Social mientras ejercía varios cargos directivos en el IESS.

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